El Alcalde es elegido por el Pleno municipal, por mayoría absoluta de los votos de los concejales, en la sesión constitutiva de la Corporación. Si ninguno de ellos obtiene la mayoría absoluta, es proclamado alcalde el concejal que encabeza la lista que haya obtenido mayor número de votos en el municipio. En caso de empate se resuelve por sorteo. Sus funciones son las siguientes: presidir la Corporación, dirigir el Gobierno y la Administración municipal, representar al Ayuntamiento, convocar y presidir las sesiones del Pleno, dictar bandos y dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. Desempeña la jefatura superior de todo el personal y de la Policía Municipal. Le corresponde, asimismo, el nombramiento de los tenientes de alcalde, que le sustituyen en caso de ausencia, vacante o enfermedad.